Te ofrecemos información precisa sobre la prestación por desempleo, el paro, en España:
1. ¿Quién lo gestiona?
La agencia que se encarga de la gestión de las prestaciones por desempleo es el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) que sustituye al extinto INEM desde el 2003. Tiene una amplia red de oficinas presenciales distribuidas por las 50 provincias del estado español. La página web del SEPE es www.sepe.es que ofrece gran cantidad de información y servicios.
2. ¿Cómo se solicita?
Para solicitar la prestación por desempleo es necesario inscribirse antes como demandante de empleo en las oficinas del Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma donde resida. Para hacer este trámite se debe acudir personalmente.
3. Cita Previa
La solicitud de la prestación por desempleo se realiza en las oficinas del SEPE, pidiendo cita previa a través de internet o de los teléfonos del SEPE (901 010 210 o teléfonos provinciales).
4. ¿Todos podemos pedirla?
El trabajador que renuncia voluntariamente a su puesto de trabajo no tiene en principio derecho a cobrar la prestación por desempleo.
5. ¿Hay requisitos?
Lo mínimo que hay que cotizar para poder cobrar el paro son 360 días que dará derecho a 120 días de prestación. Las personas que hayan cotizado 2.160 días o más tendrán la duración máxima de paro que son dos años.
6. ¿Cuál es su cuantía?
La cuantía de la prestación por desempleo durante los primeros 180 días será el 70% de la base reguladora, a partir del día 181 será el 50% de dicha base.
7. ¿Qué pasa si no cumplo los requisitos?
Si se ha trabajado menos de un año, se puede tener derecho a un subsidio de desempleo. La cuantía de dicho subsidio en 2022 es de 463,21 euros. Entre otros requisitos, se han de tener responsabilidades familiares, se ha de carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo profesional y se ha de suscribir un compromiso de búsqueda de empleo.
8. ¿Dónde me puedo informar?
Para informarse de si se tiene derecho a la prestación o al subsidio se puede acudir a la página web del SEPE (sepe.es), en el servicio de atención telefónica a la ciudadanía (91 273 83 83) o en las oficinas del SEPE previa petición de cita.
9. ¿Cuáles son mis obligaciones?
Para percibir las prestaciones por desempleo es obligatorio inscribirse como demandante de empleo y renovar la demanda mientras se estén cobrando dichas prestaciones.
10. Más información
Durante la percepción por desempleo el trabajador permanece de alta en la Seguridad Social y se efectúa cotización por las contingencias comunes. Además, la prestación tiene una retención del IRPF que el SEPE calcula según el importe de todo el año.